¿Cómo actuar en caso de reclamación por responsabilidad civil profesional?

¿Cómo actuar en caso de reclamación por responsabilidad civil profesional?

Las reclamaciones por responsabilidad civil profesional dirigidas a una persona asegurada en la póliza, ya sean judiciales o extrajudiciales, deben COMUNICARSE UNA VEZ CONOCIDAS Y A LA MAYOR BREVEDAD AL DEPARTAMENTO DE ASESORÍA JURÍDICA DE ALKORA A TRAVÉS DEL COLEGIO O ENTIDAD CORRESPONDIENTE.

En los casos de reclamación judicial, es muy importante que el incidente se comunique tan pronto se tenga conocimiento del inicio de un procedimiento judicial o se reciba el emplazamiento para contestar la demanda. Se solicita la mayor diligencia y rapidez posible en dicha comunicación, debido a los plazos estrictos para otorgar la cobertura de defensa jurídica en el procedimiento, en los casos que corresponda.

La comunicación deberá realizarse aportando la siguiente documentación:

  • Parte de siniestro debidamente cumplimentado y firmado.
  • Reclamación escrita interpuesta por la persona perjudicada.
  • Hoja de encargo profesional o contrato de prestación de servicios, si lo hubiera, así como minutas o facturas emitidas al cliente.
  • Toda la documentación directamente relacionada con el siniestro y aquella que sea necesaria para la correcta determinación de la existencia de responsabilidad en la actuación de la persona asegurada.
  • En caso de demanda recibida por la persona asegurada, toda la documentación relacionada con el procedimiento judicial iniciado.

La documentación deberá ser enviada al Colegio o entidad a la que pertenezca la persona asegurada, quien hará llegar copia de la misma al Departamento de Asesoría Jurídica de ALKORA o bien de forma directa a la Correduría a la dirección de email rcprofesional@alkora.es.

En caso de que la persona asegurada tenga CONOCIMIENTO DE HECHOS QUE PUDIERAN DAR LUGAR A UNA POSIBLE RECLAMACIÓN por responsabilidad civil profesional, es de vital importancia informar de dicha circunstancia a su Colegio o entidad correspondiente y a ALKORA.

En caso de reclamación realizada directamente por la persona perjudicada al Colegio o entidad correspondiente, ésta pondrá en conocimiento de la persona profesional reclamada dicha circunstancia, debiendo la persona asegurada aportar cuanta documentación sea necesaria tanto al Colegio o entidad como a ALKORA.

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